Coberturas
(1) Límite indemnizatorio RC: >> $3,000,000 para vehículos livianos >> $10,000,000 para vehículos pesados
(2) El Robo Parcial incluye el Robo de la rueda de auxilio.
(3) Otros Riesgos: Huelga y/o tumulto, Alboroto Popular, Inundación, Desbordamiento, Terremoto y Granizo.
(4) Cubre la destrucción causada por: Accidente, incendio, huelga, y/o tumulto, alboroto popular, inundación, desbordamiento, terremoto, granizo, meteorito, maremoto o erupción volcánica, tornado, huracan y/o ciclón.
Cláusula D.T. 20%: Habrá pérdida o destrucción total en la medida que el valor de realización de los restos de la unidad siniestrada no supere
el 20% del valor de venta al público al contado en plaza del vehículo asegurado al momento del siniestro.
Cláusula D.T. 80%: Habrá perdida o destrucción total cuando el costo de reparación y/o reemplazo de las partes afectadas sea igual o superior
al 80% del capital asegurado o del valor de venta al público al contado en plaza al momento del siniestro, de un vehículo de igual marca, modelo y
características, el que fuere menor.
(5) Sin límite de eventos ni topes, sólo para vehículos livianos.
RIESGOS EXCLUIDOS POR LA COMPAÑIA
De carácter general:
Transporte público de pasajeros. Transporte de mercaderías de terceros. Distribuidoras de correspondencia. Recolección de residuos. Transporte de vehículos (maquinaria vial, agrícola o automóviles, etc.). Empresas distribuidoras de productos cuya flota esté destinada a la distribuición y los vehículos pesados (más de 3,500 kg.) superen el 60% del total de vehículos expuestos. Emergencias médicas. Empresas de seguridad privada. Empresas de alquiler de vehículos. Empresas de transporte rutero. Vehículos que no se encuentren a nombre de la empresa o razón social. Flotas de menos de tres unidades.
Por contrato de reaseguros:
Por condiciones generales:
Convenios de reaseguros automáticos que la Compañía tuviera celebrados con otras entidades, pólizas con carácter de seguro en exceso de pérdidas y las exclusiones de todo tipo establecidas en cada póliza.
Por condiciones particulares (para Responsabilidad Civil):
Reaseguros de exceso de pérdida y reaseguros obligatorios, carreras, ralies y/o pruebas de velocidad, vehículos sobre rieles y otros que no se desplacen sobre tierra. Propiedad, operación, mantenimiento o uso de cualquier vehículo cuyo uso principal sea el transporte de explosivos de alto poder, tales como nitroglicerina, dinamita u otros explosivos similares.